Qué es un mandato
Es un contrato por el cual una persona, el mandante, confía la gestión de uno o más negocios a otra, el mandatario, que acepta actuar por su cuenta.
Los tres que se confunden
| Tipo | Alcance |
|---|---|
| Poder general | Administrar los negocios del mandante. Solo actos de administración. |
| Poder especial | Uno o más asuntos determinados. El mandatario solo puede hacer lo que dice el documento. |
| Poder simple | Documento privado para gestiones acotadas. Según a quién se presente, puede exigirse firma autorizada ante notario. |
La línea que importa: administrar no es disponer
Con un poder general el mandatario puede realizar la gestión ordinaria del patrimonio. No puede vender, hipotecar ni disponer de los bienes del mandante salvo que el documento le otorgue esa facultad de forma expresa y determinada.
Si el objetivo es una venta concreta, lo que corresponde es un poder especial con esa facultad escrita, no un poder general «por si acaso».
Qué llevar a la notaría
Los datos completos de ambas partes: nombre completo, cédula de identidad o pasaporte, nacionalidad, estado civil, domicilio y profesión u oficio, tanto del mandante como del mandatario. Y las facultades que se quieren otorgar, redactadas con precisión.
Si eres extranjero, revisa cómo se acredita la identidad extranjera ante notaría.
Antes de firmar
- Verifica que las facultades cubran exactamente lo que necesitas, ni más ni menos.
- Un poder amplio entrega poder real sobre tu patrimonio: entrégalo con criterio.
- Pregunta a la institución de destino qué tipo de poder exige: bancos y conservadores suelen tener requisitos propios.