Poderes y mandatos

Poder general en Chile: qué permite y qué no

Un poder general no sirve para todo, y ese malentendido es el que genera problemas. El mandato general comprende los <strong>actos de administración</strong>; los actos de disposición, como vender o hipotecar, exigen facultades especiales expresas.

Qué es un mandato

Es un contrato por el cual una persona, el mandante, confía la gestión de uno o más negocios a otra, el mandatario, que acepta actuar por su cuenta.

Los tres que se confunden

TipoAlcance
Poder generalAdministrar los negocios del mandante. Solo actos de administración.
Poder especialUno o más asuntos determinados. El mandatario solo puede hacer lo que dice el documento.
Poder simpleDocumento privado para gestiones acotadas. Según a quién se presente, puede exigirse firma autorizada ante notario.

La línea que importa: administrar no es disponer

Con un poder general el mandatario puede realizar la gestión ordinaria del patrimonio. No puede vender, hipotecar ni disponer de los bienes del mandante salvo que el documento le otorgue esa facultad de forma expresa y determinada.

Si el objetivo es una venta concreta, lo que corresponde es un poder especial con esa facultad escrita, no un poder general «por si acaso».

Qué llevar a la notaría

Los datos completos de ambas partes: nombre completo, cédula de identidad o pasaporte, nacionalidad, estado civil, domicilio y profesión u oficio, tanto del mandante como del mandatario. Y las facultades que se quieren otorgar, redactadas con precisión.

Si eres extranjero, revisa cómo se acredita la identidad extranjera ante notaría.

Antes de firmar