Las tres afirmaciones de la declaración
Quien se muda deja constancia del domicilio de origen, del domicilio al que se trasladará y de que no tiene impedimento legal, judicial ni contractual para efectuar la mudanza. Si existe un conflicto, deuda o resolución que pueda impedirla, no ocultes ese dato en una declaración jurada: consulta el caso con el ministro de fe o asesoría jurídica antes de firmar.
La comuna que determina el ministro de fe
La declaración se efectúa ante el notario con competencia en la comuna de la morada actual, es decir, de origen. Si allí no hay notario, corresponde el Oficial del Registro Civil competente en el mismo lugar. El domicilio de destino queda escrito en el documento, pero no cambia la competencia de origen.
Antecedentes según seas propietario u ocupante
El notario u Oficial Civil debe pedir prueba de la calidad invocada. Para el propietario, la ley considera suficientes recibos de impuesto territorial o servicios a su nombre. Para quien no es propietario, permite autorización del dueño o tenedor, o recibo del último arriendo, junto con constancias de servicios al día. Algunas notarías publican listas de atención más detalladas; conviene consultarlas antes de comparecer.
La minuta no es el salvoconducto otorgado
Este portal redacta una declaración para revisión. El documento adquiere su carácter de declaración jurada cuando se otorga ante el ministro de fe competente. Una descarga, un QR o un sello dibujado en una web no reemplazan ese acto. Puedes preparar la minuta y comprobar qué llevar en la lista de antecedentes.
La ley también fija un límite para el arancel de la declaración jurada: dieciocho milésimos de UTM. Los cobros finales que una notaría informe por otros servicios o copias deben aclararse con ella; este sitio no calcula ni certifica un precio de atención.